Para ir a la respuesta, por favor clic cualquier título o pregunta que sigue:
¿Qué es un Obrero y cuándo debo reportarlos?
¿Qué es una forma adecuada de reporte y cómo lleno la forma?
¿A quién puedo o no puedo reportar?
¿Calculan las retribuciones retrasadas por demora si no puedo pagar puntualmente mis contribuciones?
¿Cómo me preparo para una auditoria?
¿Dónde consulto la sección de los contratos que permiten auditorias?
¿Adónde puedo llamar si es necesaria tener una extensión de tiempo para una auditoria?
¿Qué hago si los archivos no están disponibles?
Un Obrero es una persona que desempeña las funciones resumidas en la Sección 1B del Contrato Regulador
del Obrero. Debe reportarlos cada mes no mas tarde del día 15 del mes siguiente al cierre del mes en el cual trabajan.
La forma adecuada es el Reporte Combinado de Contribuciones del Empleador, Número AL1022 (Combined Employer Report
of Contributions). Las instrucciones están impresas en el dorso de la forma. También puede ir a la
sección “ Cómo Hacer” de este sitio web para
esas instrucciones.
Debe reportar a todas las personas que desempeñen funciones
de Obrero, sin embargo, puede reportar al personal de supervisión arriba de la jerarquía de supervisor sobre
la base de 170 horas al mes sin considerar las horas trabajadas por un empleado en un mes. Los dueños, socios u
otras personas que trabajan por cuenta propia no pueden ser reportadas.
Sí, se cobra liquidación de daños y perjuicios e intereses sobre las contribuciones
recibidas con una fecha de matasellos posterior al día 25 del mes en el cual vencieron. Cada reporte de demora se
calcula en una comisión de $150 por liquidación de daños y perjuicios y el interés se calcula
en 1.5% mensual sobre la cantidad vencida y/o pagada con demora.
El Departamento de Auditoria le notificará con anticipación de la auditoria cuyos inscripciones
deberá tener disponibles para revisión.
Los Contratos de Fideicomiso para el Fondo Fideicomiso de Salud y Bienestar de los Obreros (Artículo IV,
Sección 9), Fondo Fideicomiso de Pensión de los Obreros (Artículo IV, Sección 8), Fondo
Fideicomiso de Vacación-Feriado de los Obreros (Artículo VI, Sección 8) y Fondo Fideicomiso de
Capacitación y Recapacitación de los Obreros (Artículo IV, Sección 8) explican en detalle
las condiciones para llevar a cabo una auditoria.
Puede llamar a la Oficina de Fondos y pedir hablar con alguien del Departamento
de Auditoria si busca una extensión de tiempo para prepararse para la auditoria. En ese momento se harán
los arreglos adecuados.
Póngase en contacto con la Oficina de Fondos tan pronto como si realice que
alguna inscripción es pueden no estar disponibles. Pueden hacerse arreglos para garantizar los reemplazos, cuando
sea necesario, o retrasar la auditoria hasta que los archivos estén disponibles.